Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto.
Artículo 118 de la Constitución Española
Título VI — Del Poder Judicial
Clave — cae casi seguro Importante — muy preguntado Relevante — conviene fijarlo
3 preguntas de examen sobre este artículo
Cada una nace de uno de los fragmentos resaltados arriba, y vuelve a aparecer cuando toca repasarlo.
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